martes, 25 de junio de 2013

Ordenanzas de Nazarenos de la Cofradía del Gran Poder de Sevilla (I)

¿Son las hermandades las que hacen grande a las imágenes, o por el contrario las imágenes las que hacen grande a sus hermandades?

La pregunta tal vez no tenga respuesta. O tal vez sean múltiples éstas. Lo único cierto es que hermandades e imágenes como la de Nuestro Padre Jesús del Gran Poder son espejo de otras muchas, y no sólo por los estrenos que puedan anunciar cada año, o los ricos bordados que pudieran recuperar, sino por detalles como el siguiente:

Manos de Nuestro Padre Jesús del Gran Poder
En 1899 se imprimió en la Imprenta de Rodríguez y Torres de Sevilla, H. Colón, 11, las

"Ordenanzas de Nazarenos
 de la Cofradía de 
N. P. Jesús del Gran Poder 
y María Santísima del Mayor Dolor y Traspaso
establecida en la iglesia parroquial
de San Lorenzo, Mártir
de Sevilla"

Ilustración de N.P. Jesús del Gran Poder impreso en las Ordenanzas de sus Nazarenos
Dichas ordenanzas fueron aprobadas en Cabildo de Sres. Oficiales y Diputados celebrado en la Sala Capitular de la propia hermandad el  22 de febrero de 1899, constando de los siguientes 17 puntos.

I
Los Nazarenos han de asistir al cabildo que se celebra el Domingo de Ramos de cada año o el día que determinen los señores Oficiales de la Corporación, para dar cuenta de la salida de la Cofradía según mandan los Estatutos, señalándose el lugar donde deban ir, a cuyo efecto se entregará la correspondiente cédula o papeleta de sitio antes de las ocho de la noche del Jueves santo.

II
Tienen obligación de averiguar en este cabildo contribuyendo a la salida de la Cofradía con la limosna equivalente al importe de dos libras de cera, así como los Sres. Oficiales, Diputados y Nazarenos de insignias, han de satisfacer las cuotas que les corresponden por igual concepto.

III
Han de asistir a la procesión con el traje y escudo propios de la Hermandad, sin usar distintivo particular alguno, prohibiéndose el absoluto el uso de anillos, alhajas, puños o pañuelos blanco al cinturón, guardando en el vestir la compostura y seriedad del acto de penitencia que se practica. La túnica ha de ser de lienzo negro, con su cola de tres y medio metros de largo, antifaz con cartonero de uno, cinturón de esparto, de ancho veinticinco centímetros como míminun, medias y zapatillas negras con hebillas plateadas.

IV
En la procesión irán con el mayor orden, sin hablar bajo ningún pretesto con los demás Nazarenos ni con las personas que estén presenciando el paso de la Cofradía, para cumplir con el espíritu de nuestra Regla, la cual dispone "que los hermanos vayan en dicha procesión con la honestidad y devoción, de forma que sirva de ejemplo y edificación a los fieles, y los Hermanos y concurrentes logren los frutos espirituales de tan santos ejercicios", para lo que se exhorta con todo encarecimiento a los Cofrades a fin de que vayan meditando la Pasión de Nuestro Señor Jesucristo, cuyos pasos dolorosos conmemoramos en esta sagrada noche, haciendo pública penitencia, acompañándole, representando en su efigie de Jesús del Gran Poder, practicando la Estación acostumbrada, a la Santa y Patriarcal Iglesia Catedral, en la que rezará ante el Monumento la estación menor, y al regreso al templo permanecerán en él hasta que haya penetrado toda la comitiva con el paso de la Santísima Virgen, rezando luego las preces y oraciones que tiene dispuesta la Hermandad, a la entrada de sus sagradas imágenes, terminada la estación religiosa.

V
Todos los Nazarenos están obligados a ir con hachas de cera en la procesión alumbrando nuestras sagradas imágenes, pudiendo usar insignias los Señores Oficiales y Diputados.


Nuestro Padre Jesús del Gran Poder. Fotografía: Hermandad Gran Poder

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